Normas reglamento general de parapente

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REGLAMENTO GENERAL DE PARAPENTE, NORMAS Y RECOMENDACIONES DE VUELO.

Indicamos algunas disposiciones del Reglamento General de Parapente, tienes el derecho de conocerlas y exigirlas, el incumplimiento de estos preceptos, aparte de poner en riesgo tu integridad física, anula la cobertura de tu seguro de RC, en PARAPENTE ASTURIAS las cumplimos estrictamente, con quien decidas volar, VUELA SEGURO.

 

Sobrevolar cualquier obstáculo (líneas eléctricas, casa, árboles...) a una altura mínima de 50 m.

- No volar solo. En caso de partir a volar solo, advertir del vuelo al club o escuela de la zona, con el lugar de despegue y el recorrido a efectuar.

- No volar en el interior de nubes.

- No volar si una parte del territorio a sobrevolar está cubierto de nubes.

- No despegar si el viento supera el 75% de la velocidad máxima del parapente.

- No despegar si el viento se desvía más de 45º de la dirección de despegue.

- No volar fuera de los límites de carga alar recomendados por el fabricante.

- No volar en aerología turbulenta.

- No despegar con viento de cola.

- No sobrevolar zonas de despegue a menos de 50 m. si hay otras velas desplegadas.

- Dentro del área de seguridad de aeropuertos, aeródromos, pasillos aéreos y zonas restringidas de vuelo.

- Si existe prohibición expresa de los propietarios del despegue, de aterrizaje o de las autoridades.

- Del orto al ocaso.

- Si la zona de aterrizaje está cubierta de niebla.

- En el interior de las nubes si se vuela con otras aeronaves próximas.

- Sobrevolar aglomeraciones de personas o poblaciones.

- El vuelo en biplaza con parapentes que no posean esa homologación.

- El remolque directo desde vehículos, barcos o sistemas de arrastre que carezcan de homologación.

  

Todas estas normas son cumplidas con severidad por la Empresa Parapente Asturias.

Puedes ver el Reglamento General De Parapente completo en el siguiente enlace:

REGLAMENTO PARAPENTE

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